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Prácticas en empresa 13/05/2018

Ayudas desplazamiento FCT

 
 
 
AYUDAS DESPLAZAMIENTO FCT 2018
 
 
La finalidad de estas ayudas es proporcionar al alumnado que realiza el módulo profesional de formación en centros de trabajo ayudas para el desplazamiento a las empresas o entidades donde realizarán las actividades programadas en esta fase de su formación.
 
Los destinatarios de estas ayudas son alumnos y alumnas que cursan enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos, siendo subvencionables los gastos de desplazamiento necesarios para realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo en empresas o entidades colaboradoras situadas a una distancia superior a 5 Kms. contados desde el centro docente en que se esté matriculado.
 
La Consejería de Educación publicó en BOJA de 27 de marzo de 2018, la Resolución de 14 de Marzo de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas por desplazamiento, en las que se tiene en cuenta además la renta del solicitante y su familia.
 
El plazo para la solicitud de las ayudas estará abierto entre los días 1 y 22 de junio de 2018 y se hará a través del formulario que podrá encontrarse en la Secretaría Virtual de la Junta de Andalucía.
 
Una vez cumplimentado el formulario (SOLO ONLINE) se firmarán ambos anexos (Anexo I y I bis) y se entregará al tutor docente junto con la acreditación de asistencia al centro de trabajo cumplimentado y firmado por el tutor laboral. Deberá acompañarse también un plano en el que figuren los kilómetros y el itinerario recorrido desde el Instituto al centro de trabajo.
 
Se recomienda prestar especial atención en la cumplimentación de todos los datos y especialmente los de la cuenta bancaria que deberá estar registrada en el Registro de cuentas a terceros de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía.
 
 
RESUMEN
 
 
REQUISITOS
 
  • Estar cursando enseñanzas de formación profesional inicial y haber realizado prácticas en empresas o entidades en el marco de un proyecto de formación profesional dual.
  • No poseer rentas superiores al setenta y cinco por ciento del indicador pública de renta de efectos múltiples (IPREM).
  • Las ayudas se destinan a compensar al alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos de los gastos de desplazamientos necesarios para la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo o las prácticas en empresas o entidades en el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual.
  • Serán subvencionables los gastos de desplazamiento necesarios para la realización de las prácticas en empresas o entidades de la formación profesional dual, siempre que se encuentren situadas a una distancia de más de 5 kms, contados desde el centro docente donde el alumno/a esté matriculado.
 
IMPORTE DE LAS AYUDAS
 
Los imortes de las ayudas no está definido al ser de concurrencia competitiva entre el importe asignado a estas ayuadas y los participantes en la convocatoria.
 
 
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
 
  • Formulario de solicitud disponible a través de la Secretaria Virtual y firmado por el alumno/a.
  • El documento acreditativo de asistencia a la empresa o entidad, firmado por el tutor/a laboral y con sello de la empresa o entidad.
  • Las solicitudes se formalizan siempre a través de la Secretaria Virtual. Una vez cumplimentadas se imprimen y firman para su entrega en el centro docente. Solo se admitirán solicitudes cumplimentas en los formularios habilitados en la Secretaria Virtual.
  • El formulario de solicitud y el documento acreditativo de la asistencia a la empresa se presentarán únicamente en el centro donde estoy matriculado.
  • Tanto el formulario de solicitud como el documento acreditativo de la asistencia a la empresa se presentarán firmados en el centro docente a través del tutor seguimiento o el coordinador de dual.
  • Si el solicitante no posee NIF o NIE por ser menor de 16 años, la solicitud deberá ser cumplimentada por el padre, madre o tutor legal, haciendo constar el NIF/NIE del mismo.
  • No debes olvidar marcar la casilla correspondiente para prestar consentimiento a la consulta de datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, o en su caso la habilitada para la consulta de datos de identidad de la persona representante.
  • No debes olvidar las firmas de todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el solicitante a 31 de diciembre del ejercicio fiscal del IRPF inmediatamente anterior.
  • Debe tenerse actualizada la cuenta bancaria en el registro de cuentas de terceros de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, ya que el pago se efectuará mediante transferencia a la cuenta indicada en la solicitud.
 
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
 
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 1 al 22 de junio.
 
 
 
RESUMEN
 
Requisitos:
 
  • ¿A quién va dirigida la ayuda por desplazamiento a empresas o entidades?
    • Las ayudas se destinan a compensar al alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos de los gastos de desplazamientos necesarios para la realización del módulo profesional de formación en centros de trabajo o las prácticas en empresas o entidades en el desarrollo de un proyecto de formación profesional dual.
    • En el curso escolar 2016/17, estas ayudas se dirigen solamente al alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos, en el marco del desarrollo de un proyecto de formación profesional dual.
  • ¿Qué conceptos se consideran subvencionables?
    • Serán subvencionables los gastos de desplazamiento necesarios para la realización de las prácticas en empresas o entidades de la formación profesional dual, siempre que se encuentren situadas a una distancia de más de 5 kms, contados desde el centro docente donde el alumno/a esté matriculado.
  • ¿Cuáles son los requisitos a cumplir?
    • Estar matriculado en centros docentes donde se impartan enseñanzas de formación profesional inicial sostenidas con fondos públicos.
    • Estar cursando enseñanzas de formación profesional inicial y haber realizado prácticas en empresas o entidades en el marco de un proyecto de formación profesional dual.
    • No poseer rentas superiores al setenta y cinco por ciento del indicador pública de renta de efectos múltiples (IPREM).
 
02.- Solicitud y documentación a presentar:
  • ¿Qué documentación debo aportar?
    • El formulario de solicitud disponible a través de la Secretaria Virtual y firmado por el alumno/a.
    • El documento acreditativo de asistencia a la empresa o entidad, firmado por el tutor/a laboral y con sello de la empresa o entidad.
  • ¿Dónde formalizo la solicitud?
    • Las solicitudes se formalizan siempre a través de la Secretaria Virtual. Una vez cumplimentadas se imprimen y firman para su entrega en el centro docente. Solo se admitirán solicitudes cumplimentas en los formularios habilitados en la Secretaria Virtual.
  • ¿Dónde presento la solicitud y documentación?
    • El formulario de solicitud y el documento acreditativo de la asistencia a la empresa se presentarán únicamente en el centro donde estoy matriculado.
  • ¿Puedo presentar la documentación a través de internet?
    • No. Tanto el formulario de solicitud como el documento acreditativo de la asistencia a la empresa se presentarán firmados en el centro docente a través del tutor seguimiento o el coordinador de dual.
  • ¿Necesito certificado digital para la cumplimentación de la solicitud?
    • No.
  • ¿Puedo cumplimentar la solicitud si no tengo NIF o NIE?
    • Si el solicitante no posee NIF o NIE por ser menor de 16 años, la solicitud deberá ser cumplimentada por el padre, madre o tutor legal, haciendo constar el NIF/NIE del mismo.
  • ¿Qué cuestiones no debo olvidar al cumplimentar la solicitud?
    • Marcar la casilla correspondiente para prestar consentimiento a la consulta de datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, o en su caso la habilitada para la consulta de datos de identidad de la persona representante.
    • Las firmas de todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenece el solicitante a 31 de diciembre del ejercicio fiscal del IRPF inmediatamente anterior.
    • Debe tenerse actualizada la cuenta bancaria en el registro de cuentas de terceros de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, ya que el pago se efectuará mediante transferencia a la cuenta indicada en la solicitud.
 
 
03.- Tramitación y resolución:
  • ¿Cuál es el proceso de tramitación y resolución de solicitudes?
    1. Una vez presentada la solicitud en el centro educativo, grabados todos los datos y firmados digitalmente los documentos por el Director/a del centro, la información se envía a las Delegaciones Territoriales de Educación que actúan como órganos instructores en el procedimiento.
    2. Las Delegaciones Territoriales de Educación publican una Resolución Provisional en la que se anexan los listados de admitidos y denegados de todas las solicitudes presentadas en cada Provincia.
    3. A partir del día siguiente a la publicación de la Resolución Provisional en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación se abre un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones.
    4. Una vez estudiadas las alegaciones que se han presentado en plazo se publica una Resolución Definitiva en la que se anexan los listados de admitidos y denegados definitivos.
    5. La Resolución Definitiva agota la vía administrativa, por lo que los interesados pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, en el plazo de 1 mes desde el día siguiente a su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación; o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses. La comunicación de la resolución de los recursos se comunicará por correo postal a las personas interesadas.
  • ¿Dónde se publican las resoluciones?
    • Las Resoluciones serán publicadas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación y a nivel informativo en la página web de la Consejería, así como en los tablones de anuncios de los centros educativos.
  • Alegaciones ¿Cómo puedo reclamar en caso de denegación de la ayuda?
    • Resoluciones Provisionales: las personas interesadas pueden presentar alegaciones en el plazo de 10 días a partir de su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación.
    • Resoluciones Definitivas: estas resoluciones agotan la vía administrativa, por lo que los interesados pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Participación y Equidad, en el plazo de 1 mes desde el día siguiente a su publicación en los tablones de anuncios de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses.
 
 
 
 
 


     
     


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